USO MASCARILLAS OFICINA ERANDIO
Estimados
compañeros,
Antes las
dudas y rumores de pasillo que, sobre el uso de la mascarilla, están surgiendo,
este Comité quiere aclarar:
1. El comité no puede decidir, NUNCA, sobre el
uso de la mascarilla en el centro de trabajo.
2. El Comité, NUNCA, intentará
transgredir ninguna norma o ley, que sobre este asunto o cualquier otro, estén
vigentes.
A este respecto, el Comité formuló
la siguiente consulta ante el organismo competente (OSALAN):
Número de expediente: 2021/044490 Motivo de contacto: Información Asunto: Uso mascarilla en centro de
trabajo. Texto: ¿Es obligatorio el uso de mascarilla en el
centro de trabajo cerrado, aunque se pueda mantener una distancia de
seguridad de 1,5 mts? En el comité de Seguridad y salud ha
surgido la discrepancia, después del último decreto. |
La respuesta
a la consulta, fue:
En relación a su consulta, cabe
responderle en los siguientes términos: se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. La Ley 2/2021, de 29 de marzo, el Real
Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio y la Orden de 6 de octubre de 2021
establecen la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los espacios
cerrados. Dirección General - Osalan - Inst.vasco
Segur. y Salud Lab. |
Asi mismo, se
añade extracto extraído del documento publicado por el Gobierno Vasco
“RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES Medidas específicas de prevención ante el coronavirus Documento actualizado a 7 de octubre de 2021”
Por todo
ello, el Comité NO se opone al abandono del uso de la mascarilla en el centro
de trabajo, siempre y cuando los organismos competentes así lo indiquen.
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